Contratos de trabajo
Al contratar personal, los empresarios deben respetar los requisitos mínimos establecidos en la legislación de la UE en materia condiciones laborales, modificación de los contratos y consultas al personal.
Además de los contratos a tiempo completo, los trabajadores deben tener la posibilidad de optar por otros tipos de contratos de trabajo. Los empresarios deben seguir el principio de no discriminación cuando apliquen formas no convencionales de empleo. Los contratos de trabajo no convencionales o de otro tipo pueden ser:
- Trabajo de duración determinada
- Trabajo a tiempo parcial
- Empleo a través de empresas de trabajo temporal
En caso de despidos a trabajadores, las empresas tienen obligaciones específicas en cuanto a despidos colectivos. Si contratan trabajadores jóvenes, deben respetar las normas específicas para la contratación de trabajadores menores de 18 años. También existen normas específicas de la UE para la contratación de trabajadores temporeros de fuera de la UE.
Advertencia
Algunos países de la UE pueden disponer un grado más alto de protección de los trabajadores. Para cerciorarse de que conoce plenamente sus obligaciones como empresario, puede ponerse en contacto con la autoridad nacional de empleo de su país.